Transcribo la tercera nota de mi blog recientemente resucitado "Derecho y Revés" sobre el polémico Decreto Supremo N° 004-2008-MIMDES, que fue publicitado como el instrumento jurídico que viabiliza el acceso obligatorio de mujeres (y hombres) a las organizaciones sin fines de lucro:
Ya revisamos las dos posiciones en torno a la referida norma en la parte uno y parte dos. Pero más allá de los apasionamientos lo que se debe revisar es las disposiciones de la norma en sí y cuál debe ser la ponderación entre estos dos derechos constitucionales: asociación e igualdad.
Intentemos ordenar las principales ideas y hagamos anotaciones puntuales:
1) El Decreto Supremo está hecho con apuro, no hay precisiones que sí podrían darse a nivel de este tipo de normas. Hay muchísimas leyes que son más claras y minuciosas. Sólo nos remiten a una concordancia.
2) No hay un distingo necesario entre los tipos de organizaciones sin fines de lucro, pudiendo distinguirse caso por caso qué derecho "pesa" más en una circunstancia determinada. Más bien existe una peligrosa rigidez.
3) Más allá del lamentable error del columnista Federico Salazar en La República, respecto al artículo 323 del Código Penal, refiriéndose a un artículo derogado (el de la ley 27270 y no la 28867) y que tiene alcances más allá de ambientes educativos y laborales; resulta peligrosa esta mención en el Decreto, indicando que pasados los 90 días calendarios se procederá a denunciar ante el Ministerio Público por este delito de discriminación a las personas que no hagan los cambios en las respectivas organizaciones sin fines de lucro. No creemos que de por sí, se pueda hablar de la configuración del delito, sin analizar circunstancias como qué significa adecuar su estatuto a la Constitución y a la Ley. Más parece un ejercicio de presión como ese "no salgan a la calle" del INEI para el censo, lo cual no se podía efectivizar.
4) El que una asociación quiera conformarse sólo de mujeres o sólo de hombres no significa de por sí un menoscabo en la dignidad de la otra parte. El derecho a la igualdad no se ve afectado si hay un grupo de personas que deciden libremente, utilizando criterios objetivos, con quienes asociarse. De todos modos, esto debería quedar para un análisis sobre lo que protege cada parte en la situación concreta, por ejemplo: una costumbre basada en ideas que quizá los mismos socios ya no comparten o, por otro lado, una acción o medida afirmativa que sirva para equiparar en parte la balanza entre hombres y mujeres.
5)Hay dos formas de cumplir un objetivo a través de normas: obligando o incentivando, siendo este último caso -dependiendo del incentivo- una forma sutil de "obligar". Así, se nos ocurre una propuesta que queda para el debate, por ejemplo, se podría otorgar beneficios a instituciones cuya composición sea heterogénea. O no establecer convenios con las instituciones que decidan ser sólo de hombres... y mujeres. No me gusta del todo la idea, pero, siento que hasta eso es mejor que lo que dispone la norma en cuestión.
6) ¿Cómo quedan instituciones como la Universidad del Sagrado Corazón - Unife que sólo admite a mujeres? Pues igual, ya que nos parece que es un caso donde no hay menoscabo de la dignidad de varón alguno. No ofrece alguna carrera que otra universidad no tenga. Lo mismo se aplica, entonces, para ser justos, a las asociaciones de "sólo hombres" que se quieran formar para el futuro (si es que alguien quiere, por supuesto) pues no tienen una particular relevancia en la sociedad. Por ejemplo: una asociación enteramente masculina cuyo objetivo central sea lograr que se impida el arbitraje principal de mujeres en partidos de fútbol de hombres. No creemos que haya discriminación alguna, pues las mujeres podrán formar su asociación en favor del arbitraje principal femenino en partidos de fútbol de hombres y llamar a la señorita Silvia Reyes para integrar el Consejo Consultivo.
7) Caso distinto sería el de instituciones antiguas y que son símbolos en la sociedad de un pensamiento anticuado: los hombres mandan, la mujer es comparsa. De todos modos, prefiero el incentivo a la obligación; o sea, el empujar a los socios a revisar sus estatutos si es que las esposas o familiares mujeres hacen suficiente reclamo. El que quiere celste que le cueste. Porque la verdad es que tampoco esta medida le importa a millones de mujeres que no son socias de esos clubes y que tampoco podrán serlo después de pasados esos 90 días que dispone la norma para la adecuación respectiva. ¿Qué se aducirá después entonces? ¿Discriminación económica y por tanto deben poder ingresar también quienes no tienen dinero? Se dirá que la condición económica puede variar y que la movilidad social y etc. Sí, en una buena parte, pero no en la mayoría de personas. Y eso no es ser mediocre o negativo, simplemente realista. O sea, el impacto real se verá en un pequeño sector de mujeres que debemos ver qué tan afectado está, qué tan dispuesto está en luchar por su derecho y si después de tanta discusión y decreto supremo de por medio, aumenta el número de socias en forma significativa, en buena hora. Pero con tanto empuje, no sería mejor una asociación donde hagan la competencia a instituciones que ahora considerarían retrógradas o discriminadoras. Y, por supuesto, deberían convencer a esposos, padres y hermanos para trasladarse a otra asociación... Pero si no pueden convencerlos ni a ellos: ¿se merecen que se imponga esta medida?
8) Este es un disparo al aire, por la poca incidencia que tendrá, al igual que el pacto social (¿cuándo nombrarán a Víctor García Toma en otro puesto? ¿Esperan 28?), la ONA, y el recordado Gabinete paritario (absurdo desde el inicio, ¡que estén quienes deban estar!, sea mujer, hombre o LGTB... Recordé este tema ahora que Silvio Berlusconi dice que pondrá 4 ministras), ¿se han dado cuenta de que silenciosamente reemplazaron a dos ministras por ministros y de paritario ya no tiene nada? Esperemos que pasen esos 90 días calendarios y veamos qué pasa... O qué no pasa.
¿Se viola el derecho a la igualdad cuando no se permiten mujeres en una asociación?
Etiquetas: discriminacion
Suscribirse a:
Comentarios de la entrada (Atom)
2 comentarios:
Como colectivo que usa el humor y la reflexión para pensarnos como una sociedad más igualitaria y tolerante, pero no por ello menos picante, nos gustaría saber su opinión con respecto al artículo publicado por nuestro proyecto Choledad Privada sobre la discriminación por género en los clubes en el sigueinte artículo: http://www.choledadprivada.com/2008/05/07/la-discriminatitis-aguda-me-muero-por-ser-socia-del-regatas/.
Queremos enriquecer la discusión, y ya somos un espacio muy leído en la blogósfera peruana sobre estos temas, racismo, etc. Denunciamos el machismo, pero quizás esto es ya demasiada neurosis.
Mil gracias,
Chuto
Choledad Privada.com
Ok, chuto, lo leeré y opinaré si es que tengo algo más que agregar aparte de esto que pongo en el post.
También me gustaría que me dieras tu opinión por acá primero, ¿no? :)
En todo caso, igual pronto te devuelvo la visita y el comentario. Gracias.
Saludos
Publicar un comentario